Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia publicada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 18 de junio de 2007. Segundo: Por razones de estricto orden público, vinculadas con el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes, artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se repone la presente causa al estado que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, al cual corresponda, decida la impugnación realizada por la parte actora, previa fija.....