Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Firme el decreto intimatorio de fecha cinco (05) de febrero de dos mil siete (2007), en el juicio que por INTIMACIÓN (COBRO DE BOLÍVARES) sigue el ciudadano LUIS MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad número V-4.155.262, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.146, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano ANEIDO FREAY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-5.817.258, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, se condena a pagar a la parte intimada, la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS .....