PRIMERO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente asunto intentado por la Sociedad Mercantil EL POZON EL PATIO DE LA TRADICIÓN S.R.L., en contra el Acto Administrativo de efectos particulares emanada de la Inspectoria del Trabajo dictada por el Inspector Jefe del Municipio Maracaibo del Estado Zulia materializado por la Providencia Administrativa Nro. 159 de fecha 21 de Abril del año 2010 expediente nro 042-08-01-1677, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano CARLOS VILLALOBOS PRIMERA.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Sociedad Mercantil EL POZON EL PATIO DE LA TRADICIÓN S.R.L., al ciudadano Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, del Estado Zulia y al Fiscal del Ministerio Publico Vigésimo Segundo.