Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO GALIANO PEÑA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 9.462.433, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.211, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, en contra del ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, el cual se ordena lo siguiente:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la petición del pago de una indemnización.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la petición de pago por concepto de daño moral.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, se CONDENA en costas a la parte vencida de conformidad con lo pautado en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil