DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación incoada por la sociedad mercantil COMERCIAL JOVE, C.A., mediante apoderado judicial, en su condición de Tercero interesado, contra la decisión dictada en fecha 21 de julio de 2022 por el Tribunal Undécimo (11º) de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. Así se establece. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano WALTER VALERIO COSTA BONILLA, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil MACHIHEMBRADORA CARACAS, C.A., suficientemente identificados en autos, no sólo por la falta de consignación.....