INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por el ciudadano
SANTOS DANIEL TORRES TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la
cédula de identidad V-643.415, debidamente asistido por el abogado Héctor
Gerardo Ramos Martínez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado
bajo el N° 62.143, con motivo de la pretensión por Reconocimiento de Unión
Estable de Hecho.