DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Decreta la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con el artículo 48 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal y consecuencialmente Decreta el Sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 3° Ejusdem, en la causa seguida al ciudadano Juan Ernesto Torres Silva, titular de la cédula de identidad N° 9.558.884, residenciado Barrio Los Luises, Carrera 12, entre 11 y 12, casa N° 11-14, Municipio Unión Barquisimeto, Regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase.