Acto seguido, visto lo expuesto entre las partes, el Tribunal ratifica la abstención a la medida de Embargo, ratifica el Secuestro sobre el inmueble y lo deja bajo la guarda y custodia de la ciudadana ANA CELINA de AGÜERO. Deja expresa constancia que se garantizaron los derechos constitucionales de las partes, declara cumplida su misión, dejando constancia que no se causaron daños a persona ni a bien material. El Tribunal ordena regresar a su sede, siendo las 11:00 de la mañana, y remitir las actuaciones al Tribunal de origen. Es todo.