Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por desalojo intentó el ciudadano, Oneiro Luis Urdaneta Barboza, actuando en representación de Omaira Urdaneta Barboza, Oscar Urdaneta Barboza, José Urdaneta Barboza, Oxalida Urdaneta Barboza, Orlando Urdaneta Barboza, Homero Urdaneta Barboza, Erika Urdaneta Polanco y Gustavo Urdaneta Polanco en contra del ciudadano, Martín María Fernández y por vía de consecuencia el último de los mencionados deberá entregarle a la parte actora el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la avenida 9B, con calle 60ª, N° 60-38, jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia. Igualmente la parte demandada deberá cancelarle a la parte actora, los cánones d.....