este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente secuestrado preventivamente el inmueble anteriormente identificado y donde se encuentra constituido, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue determinado por el Experto designado en este acto, y lo pone en posesión de la Secuestrataria judicial designada, quien por intermedio de su representante judicial lo recibe en este acto completamente desocupado. Dicho inmueble le pertenece la comunidad conyugal según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de fecha veintidós (22) de junio de 2.007, anotado bajo el No. 16, tomo 41, protocolo primero, segundo trimestre, sobre el cual el.....