IV
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA, por partición de bienes de la Comunidad Hereditaria interpuesta por los ciudadanos Pablo Alfredo González Pimentel, Luís Ricardo González Pimentel, Ana Yajaira González de Padrino, Carlos Alexis González Pimentel y Raúl Vicente González Pimentel, mediante sus apoderados judiciales abogados Yulmi Chávez y Francisco Pacheco, contra la ciudadana Sheyla Brito Valenzuela, todos antes identificados.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los veinte días del mes de octu.....