Se consignó y publicó resolución declarando: 1.− Declara INADMISIBLE por caducidad la acción por abstención interpuesta por la ALCALDÍA DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte, debidamente identificadas en esta decisión.- 2.− Declara que no proceden costas por cuanto no existe vencimiento total en este proceso.- 3.− Deja constancia que el lapso (tres días de despachos conforme al artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión de inadmisibilidad comenzará a correr a partir del día –exclusive– en que conste en autos la certificación por Secretaría de haberse notificado al Alcalde o Alcaldesa del Área Metropolitana de Caracas o a uno cualesquiera de sus apoderados. Líbrese oficio.-