Este Tribunal Unipersonal de juicio N° 2, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA a los ciudadanos RAFAEL ANTONIO MENDEZ MENDOZA, titular de la cédula de Identidad Nro. 14.774.978 y YORDY LUIS CHACON GARCIA, cédula de identidad 16.212.072, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, mas las penas accesorias de ley, contenidas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal. Remítanse las presentes actuaciones al tribunal de ejecución que corresponda en el lapso legal. De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija provisoriamente la fecha en que finalizará la condena de los acusados que será el 13-11-07 , dejando salvo el computo definitivo que haga el Tribunal de Ejecución, conforme a lo dispuesto por el artículo 482 del Código Orgánico procesal Penal, ya que la fecha expuesta es prov.....