DISPOSITIVA
En Consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE en los siguientes términos:
PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada en contra del ciudadano Luis Gregorio Peña ampliamente identificado en autos por los delitos de Desvalijamiento de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos en cuanto al camión F-350 plenamente identificado en autos y el delito de Aprovechamiento de Vehículo proveniente del Robo previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente y el delito de Resistencia a la Autoridad previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal 1ero d.....