DISPOSITIVA
Este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: PRIMERO: Con lugar la calificación de aprehensión en flagrancia de conformidad con el artículo 93 de la Ley Especial por el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; SEGUNDO: Se acuerda continuar el asunto por el procedimiento ordinario especial conforme al artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la salvedad de lo establecido en el parágrafo único del artículo 79 de la misma ley; TERCERO: Se decreta la medida DE PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano AGUSTIN JOSE ANGULO GONZALEZ, titular de la .....