En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 10/08/2009, dictada por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas, dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado de practicar la notificación de la Junta Especial de la demandada, presidida por el ciudadano Douglas Vásquez Orellana, quien es el Presidente del Instituto Autónomo del Aeropuerto de Maiquetía, y de la Procuraduría General de la República, y una vez consten en autos las mismas y se encontraren vencidos los lapsos de Ley, el Juzgado de Sustanciación corr.....