Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de ACLARATORIA, formulada en fecha 12 de noviembre de 2009, por la abogada María del Carmen Álvarez Lucena, actuando en su propio nombre y representación, de la sentencia dictada por esta alzada en fecha 05 de noviembre de 2009. En consecuencia, se ACLARÓ la sentencia dictada por esta alzada en fecha 05 de noviembre de 2009, en el asunto KP02-R-2009-455, en el sentido de que se condena a la demandada a cancelar: La indexación judicial de la suma condenada por concepto de capital, a partir del 18 de abril de 2008, hasta la fecha de publicación de la sentencia definitiva que quede definitivamente firme. Se ordenó tener la presente aclaratoria como parte integrante de la sentencia dictada en fecha 05 de noviembre de 2009.