En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OSWALDO CHIRE, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.792.049 y de este domicilio, parte actora, por Cobro de Prestaciones Sociales y demás Beneficios laborales, contra de la Entidad de Trabajo SERVICIOS INTEGRALES WILVA, C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar al ciudadano OSWALDO CHIRE, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.792.049, la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS EXACTOS (Bs. 35.88907), por concepto de Prestaciones Sociales y demás Beneficios laborales por la terminación de la relación de trabajo, indicado en la parte motiva de la presente decisión, además de .....