Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Terry José Rojas Medina, titular de la cédula de identidad Nro. 9.919.195, asistido del abogado José Gregorio Guzmán Velázquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 188.895, contra el acto administrativo jubilatorio identificado con el Nro. 9700-140-PJ-099, inherente al punto de cuenta Nro. 121-2009, aprobado en fecha 24 de enero de 2009, con fecha efectiva para su aplicación 01 de febrero de 2009, emanado de la Coordinación Nacional de Recursos Humanos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y notificado en fecha 18/02/2009. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA válida la Jubilación de Oficio otorgada al querellante por la Coordinac.....