´Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en fecha 12 de Junio de 2024 y publicado su texto íntegro en fecha 20 de Junio de 2024, por develar el vicio de inmotivación, decisión que dictamina esta Alzada a tenor de la aplicación del sistema de las nulidades contemplado en los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual decreto SIN LUGAR las excepciones opuestas por la Abg. LAURA GUEVARA, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento, planteada por la Fiscalía Séptima (07°) del Ministerio Publico, DESESTIMA la pretensión de enjuiciamiento, planteada en la acusación particular propia, en contra del ciudadano SIMÓN AN.....