este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, procede a su Homologación, razón por la que, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACION a la TRANSACCION celebrada entre JOSE GERGORIO FAJARDO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 95.909 y de este domicilio y la parte demandada con la entidad de trabajo INVERSIONES CM EL HATILLO C.A, suficientemente identificada en el presente expediente, representada en este acto por NOSLEN ENRIQUE TOVAR CAMEJO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 112.059., en los términos señalados en el escrito de transacción aquí inserto. Así mismo dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en.....