III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos JAIRO ENRIQUE CALDERON ALTAMAR y SANDRA PATRICIA OLIVO HERNANDEZ, venezolano y extranjera, mayores de edad, cónyuges, portadores de las cédulas de identidad números V-15.168.270 y E-84.124.579, domiciliados el primero en El Salado Barrio Nuevo Cara 24E Calle 40 Sur 70, Envigado Medellín y la segunda en Transversa 17 Barrio Pueblo Nuevo, Cúcuta Colombia, teléfonos de Contactos Whatsapp N° +57 (300) 2721306, +57 (313) 3295481, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha Treinta y Uno (31) de Enero del año Dos Mil Trece (2013), por a.....