En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de hecho interpuesto por el abogado Dr. FRANCISCO ARDILES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.708, actuando como representante judicial de la ciudadana LEIDA GEORGINA GARCIA BRACHO en el juicio intentado por ésta contra las empresas MEDISAN S.R.L. y OWENS ILLINOIS DE VENEZUELA C.A., contra la decisión de fecha 16 de noviembre de 2006, emitida por el Juez Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia.
Queda en estos términos confirmado el auto recurrido.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.