La Corte se declaró COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la decisión que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; declara CON LUGAR la referida apelación; REVOCA el fallo de fecha 11 de agosto de 2005, dictado por el Juzgado a quo y en consecuencia: declara CADUCO los conceptos reclamados por ajuste de la pensión de jubilación desde la fecha 31 de diciembre de 1996 hasta el 24 de mayo de 2004; PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta, en consecuencia, se ordena el reajuste de la pensión de jubilación desde el 25 de mayo de 2004, hasta la ejecución del presente fallo y Se NIEGA el pago de indexación e intereses solicitados por el querellante. 05