En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil TÉCNICA INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO MARÍTIMO ANZOÁTEGUI, C.A (TIMMA), contra la Resolución HGJT-A-99-4256, del 05 de agostote 1999, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a través de la cual fue declarado inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto.