III
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso tributario, interpuesto en fecha 31/07/2013, por la contribuyente "INMUNOLOGÍA ASOCIACIÓN CIVIL (I.A.C.)", en contra de los actos administrativos señalados.
SEGUNDO: Se ordena proceder a la tramitación y sustanciación del expediente, de conformidad con lo previsto en los artículos 269 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente. En consecuencia, y por cuanto el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), no formuló oposición a la admisión, el primer día de despacho siguiente se entenderá que la causa quedó abierta a pruebas, según lo dispuesto en el artículo 268 ejusdem.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, a los veinte (20) dí.....