Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, realizada por los ciudadanos NEON JOSE MOLERO MONTERO y ELIZETH CHIQUINQUIRA CHACIN D JESUS, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos NEON JOSE MOLERO MONTERO y ELIZETH CHIQUINQUIRA CHACIN D JESUS, en fecha tres (3) de septiembre de 2010, ante la Registradora Civil de la Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se desprende del Acta de Matrimonio número ciento cincuen.....