Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa, incoada por la entidad de trabajo IMGEVE C.A. contra el auto de fecha 05 de febrero de 2001, dictado por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Federal Municipio Libertador, y distribuido a este Juzgado en fecha 13 de noviembre de 2018. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte accionante de la presente decisión, dejándose constancia que una vez conste en autos por el alguacil la práctica de su notificación, comenzará a computarse el lapso para que ejerza los recursos que considere en contra de la misma.
Asimismo, se aclara que no se ordena la notificación del Procurador General de la Repúb.....