REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, veintiuno de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : PP01-R-2004-000336
Este Tribunal estando dentro de la oportunidad procesal para la publicación del texto integro de la sentencia, según acta de fecha 17 de enero de 2005, observa que en fecha 20 de enero de 2005, comparecen por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos los Abogados RANSES GÓMEZ y YADIRA VIOLETA RODRÍGUEZ, apoderados judiciales el primero de la demandada, la segunda de la parte actora y consignan transacción, mediante la cual manifiestan de común acuerdo la voluntad de ponerle fin al presente juicio; la demandada le cancelan al demandante la cantidad de DOS MILLONES OCHOSCINETOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.800.000,oo), que comprende los siguientes conceptos: antigüedad, preaviso, utilidades anuales y fraccionadas, vacaciones anuales y fraccionadas, bono vacacio.....