Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 16 y 18 de julio de 2007, el abogado MARCO ANTONIO ROMAN AMORETI, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ANONIO ROMAN AMORETTI, contra la sentencia dictada el 30 de marzo de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de la caducidad de la acción opuesta por la parte demandada. En consecuencia, QUEDA DESECHADA la demanda por Retracto Legal Arrendaticio, incoada por el ciudadano LUIS ANONIO ROMAN AMORETTI, contra los ciudadanos MANUEL SIMOES DE AZEVEDO FERREIRA, VITTORIA OCCHIPINTI DEL POPOLO.....