este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano JOSÉ REINALDO DINAPOLI VARGAS, venezolano, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 22-07-61, titular de la cédula de identidad N° 6.044.670, soltero, comerciante, hijo de Teresa de Dinápoli y Vicente Dinápoli, domiciliado en Residencias Quintas 2000, calle 58, casa N° 23, Paraparal, Los Guayos, estado Carabobo, de la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en agravio del ciudadano Francel Ramón Pérez Rodríguez, ordenándose su LIBERTAD PLENA, en consecuencia cesa toda medida en contra del acusado; con respecto a este asunto