PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida en fecha 16/05/2008 por el abogado Miguel Ángel Esté Cedeño, apoderado del ciudadano José Gregorio Trapiello Niazoa, en contra del auto del 09/05/2008, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Queda revocado el auto de fecha 09-05-2008, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: En consecuencia se decreta Medida Innominada el cual suspende los efectos de las asambleas celebradas en las fechas 13 y 26 de diciembre de 2007 y 04 de enero de 2008, las cuales quedaron registradas el día 13 de febrero de 2008, bajo el Nº. 57, 58 y 59, tomo 843-A-VII, por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, expediente Nº. 19772, ello a los fines de asegurar las resu.....