Por todas las razones expuestas, este Tribunal considera que los puntos cuya aclaratoria se solicita, están claramente explanados en la sentencia dictada en esta causa, cambiar o modificar los términos en que fueron expuestos los hechos, y la consecuente decisión, será incurrir en modificación o reforma de la misma, lo cual no le está permitido de conformidad con la norma adjetiva.-
Téngase la presente decisión como parte integrante del fallo dictado por este Tribunal en fecha 03 de Diciembre de 2013.
Así lo decide este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiún.....