Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FRANKLIN JAIMEZ, asistido por el abogado JORGE BONILLA, contra la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2024 por el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ, mediante la cual se confirmó la medida de secuestro sobre el inmueble ubicado en la Urb. Ventuari, Manzana 3, casa N° 8, Conjunto Residencial Uchire, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar.
SEGUNDO: SE DECLARA que la apelación contra la medida cautelar ha perdido objeto, en virtud de que ya existe sentencia definitiva en el juicio principal de desalojo de local comercial, que ordena la entrega material del in.....