Este Tribunal debe declarar: SIN LUGAR LA PRESENTE DEMANDA y así se decide. En consecuencia este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano José Luis Alvarado ampliamente identificado en auto, contra la Empresa Hacienda El Potrero, en la persona de su representante ciudadano Jaime Ferraz, plenamente identificado en autos, por concepto de Prestaciones Sociales, ya que la misma había sido cancelada en su oportunidad como consta en el folio 33, se declara AUTENTICA la firma del demandante por determinarla así, las conclusiones del Experto Grafo técnico, como consta a los folios 60 al 67.
Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en razón de la tardanza del peritaje de la firma que era determinante en la presente causa.
No se condena en consta al trabajador a pesa.....