En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Antonio José Hernández González, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad numero V-6.431.152, representado por el abogado Jesús Caballero Ortiz, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el numero 4.643, contra el acto administrativo dictado por el Concejo Legislativo del Estado Miranda de fecha 15 de noviembre de 2005, mediante el cual se revoca el Acuerdo de fecha 30 de diciembre de 2003 conforme al cual se le aprobó el beneficio de jubilación al accionante. En consecuencia, se declara nulo el acto administrativo impugnado, por lo que se ordena al Consejo Legislativo del Estado Miranda, el restablecimiento de la situación jurídica infri.....