DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación intentado por el ciudadano: JOSEF DANIEL KOVACS LAJOS, actuando en su carácter de representante de las víctimas: DOUGLAS ALBERTO BLANCO GARCÍA, JHONNY BLANCO GARCÍA y KERVIN ALBERTO OMAÑA RUIZ, como Director de la Asociación Civil AsoVic/ASISTENCIA; contra la decisión dictada en Audiencia del día 9 de Enero de 2.007, con auto fundado fechado 11-1-08, emanada del JUZGADO TRIGÉSIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual en su primer pronunciamiento DECLARÓ SIN LUGAR LA NULIDAD SOLICITADA, de acuerdo a los artículos 196 en su parte in fine, 432, 4.....