Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Eduardo Santos Salinas, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.513855, representado judicialmente por loa abogados Manuel Yamil Assad Brito y Farah Yaminey Assad Reyes, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.580 y 84.288, respectivamente contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud. En consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA al Ministerio del Poder Popular para la Salud, Ordena al ente querellado se sirva tramitar la pensión de jubilación a favor del ciudadano Eduardo Santos Salinas, plenamente identificado en autos, tomando en consideración que los abonos correspondientes se realizarán desde la fecha del 07/03/2010, de conformidad .....