UNICO: LA NULIDAD PARCIAL del auto dictado por este Tribunal Superior en fecha 18 de febrero de 2005 y en consecuencia SE REPONE la causa al estado de que las partes presenten los informes al DÉCIMO (10°) día de despacho siguiente a la presente fecha de conformidad con lo previsto en el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil. Todo en el juicio seguido por el ciudadano LEONEL ENRIQUE GONZALEZ PACHECO, en contra de la Sociedad Mercantil TEKNOK, C.A., y el ciudadano VICTOR HUGO MONTERO.