Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad concedida por la Constitución y la Ley Decide: IMPROCEDENTE el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.398.453, contra FRIGORIFICO LA MANCIÓN DEL ESTE, C.A. Así se decide.