TERCERO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 647 literal (h) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: Acuerda:
PRIMERO: Decreta el cese de las medidas sancionadoras de Reglas de Conducta, consistente en: Obligación de estudiar y trabajar, prohibición de molestar a la victima y prohibición de portar cualquier tipo de armas y la medida de libertad asistida, sometido a orientaciones psicológicas y seguimiento social a través del equipo multidisciplinario adscrito a esta sección de adolescentes, contenidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que cumplía al joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), anteriormente identificado por haberlas cumplido tanto en las obligaciones y pr.....