PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por el profesional en derecho Jhoanzend Gerardo Cañamo Sangronis, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 267.540 actuando como apoderado judicial de los ciudadanos Alirub Merly Camacho Díaz y Eduardo Luis Nery Morales, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 20.071.144 y 18.682.319, respectivamente, representación según consta de copia certificada de instrumento poder otorgado ante la Notaria Pública Segunda de Maracaibo del estado Zulia, bajo el número 37, tomo 73, folios 128 hasta 130 en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Alirub Merly Camacho Díaz y Eduardo Luis Nery Morales, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 20.071.144 y 18.682.319, respectivamente, ante el Registro Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda del estado Zuli.....