Se ADMITE la Acusación por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, así como también declara la pertinencia de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía y la Defensa, por ser idóneas, necesarias y pertinentes. Se admite la Comunidad de Pruebas. 2º.) Asimismo, este Tribunal de Control N°.10, ORDENA EL ENJUICIAMIENTO de los Acusados IVAN RAFAEL FLORES y YIMMI ALEXANDER GARCÍA y la Apertura del correspondiente Juicio Oral y Público. 3°) Con relación a la Medida Cautelar Sustitutiva solicitada por la Defensa, este Juzgador mantiene indemnes las condiciones actuales de los imputados toda vez que han demostrado no sustraerse de los fines del proceso penal, por tanto se mantiene la medida cautelar sustitutiva de libertad en las mismas condiciones. Se devuelven a la representante fiscal los soportes probatorios consignados, es todo. Y así se decide. Se emplaza a las partes para que en un plazo común de 5 días concurran ante el Tribunal d.....