DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado FRANCISCO ARDILES, ya identificado, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana OLGA ZONILDE PINTO DE SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.585.933.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana OLGA ZONILDE PINTO DE SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.585.933, contra la C.A. NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA.
TERCERO; SE CONFIRMA la sentencia de fecha 16 de julio de 2002 dictada por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo.