DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 252 ejusdem, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos WILMAR ALEXANDER TORRES PALACIOS, GEORGEN ALFONSIN MARIN PALENCIA Y JOSE FRNACI GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 19.262.186, 19.105.617 Y 20.188.419 respectivamente, por la presunta comisión de los delitos de ROBO SIMPLE y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en el artículo 455 Y 413 del Código Penal vigente, en perjuicio de los ciudadanos JHONNYCO ANTONIO QUERALES LOPEZ, ordenándose la t.....