DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante, en el juicio por Querella Interdictal de Amparo por Perturbación, incoado por Pedro Antonio Morillo Mújica contra los ciudadanos José Juvenal Hernández Venegas, Teodolina Godoy de Hernández y José Juvenal Hernández Forero. SIN LUGAR la Querella Interdictal de Amparo por Perturbación. Igualmente, SE CONDENA EN COSTAS a la parte querellante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADO EL FALLO objeto de apelación.