Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL), incoara ADRIANA MARIA CRISTINA BOTTO FECI, contra MERLYS COROMOTO SANCHEZ TOCUYO, en consecuencia: se ordena a la parte demandada la inmediata entrega del bien dado en arrendamiento a la parte accionante, así como el pago de los daños y perjuicios convenidos por las partes en el Contrato de Arrendamiento, los cuales serán calculados mediante experticia complementaria del fallo desde el día de la admisión de la demanda (exclusive) hasta el día en que quede firme el presente fallo (inclusive)..
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado vencida.....