Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra la decisión definitiva dictada en fecha 07 de noviembre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada con diferente motiva.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la impugnación de la cuantía, realizada por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: PROCEDENTE la defensa perentoria de falta de interés de la parte demandada, invocada por la representación judicial de esta en el acto de contestación a la acción.
CUART.....