Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta el Sobreseimiento de la causa penal signada por este Despacho con el N° CO2-1591-2006, seguida contra el ciudadano LEANDRO DIAZ MUÑOZ, y otros, cuyos datos de identificación personal no fueron aportados por el Ministerio Público, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado para la fecha de su comisión en el artículo 455 ordinales 4º y 6º del Código Penal Venezolano en relación con el único aparte de ese mismo artículo, en perjuicio de la ciudadana IVIS SUSANA VERA, dada la solicitud interpuesta por el representante de la Fiscalia Décima Sexta del Ministerio Público del Estado Zulia, Abogado JOSE ANGEL CAMACHO REYES y, por vía de consecuencia,.....