DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado GABRIEL CEDEÑO PÉREZ, Defensor Público Penal Cuadragésimo Quinto del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano GUERRA YONDER ERNESTO, con fundamento en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, el 17 de abril de 2.009, mediante la cual mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de su defendido, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 numeral 1° del C.....